este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara DESISTIDA, la acción de conformidad con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la demanda incoada por el ciudadano : GIULIO GARBINO GARBINO, titular de la cedula de identidad Nº 81.721.422 contra: FORJA CENTRO, C.A.