DECISIÓN
En orden a los razonamientos antes expuestos, y al haber quedado evidenciado la existencia de un grupo de empresas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos: CARLOS JOSE VARGAS TOVAR, FRANKLIN RAMÒN RAMIREZ ALVAREZ, NELSON ANTONIO MINDIOLA RAMIREZ, RITO EUFEMIO MINDIOLA RAMIREZ y JOSE DOROTEO ZAMBRANO RAMIREZ, respectivamente titulares de la cedula de identidad numero V-12.283.055, V-7.910.036, V-4.124.753, V-7.506.139 y V- 4.029.404, contra las empresas CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO, (CONINVECA) C.A; TRANSPORTE NASER, C.A; Y COMERCIAL TINAQUILLO, C.A (COTISA)