De igual forma esta Juzgado pudo apreciar que corre inserto al folio 51, copia simple del título valor consignado por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00), demostrativo del cumplimiento de lo acordado mediante transacción suscrita, en el que se verifica la entrega de cheque, con firma y huella dactilar del Abg. Argenis Pérez, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 245.984, Apoderado Judicial de TORREYES MEJÍAS JESÚS DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.987.348; y del Abg. Simón Fidel Borges Rodríguez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 76.644, Apoderado Judicial de la demandada FINCA LAS CLAVELLINAS, probanza de haber hecho entrega del título valor del beneficiario, y de su conformidad respectivamente.
Ahora bien, verificado los conceptos plasmado en el escrito de Transacción suscrito entre las partes y de igual forma constatado como ha sido el pago, quien suscribe con el carácter de Directora del Proceso, actuando de conformidad co.....