Por los razonamientos de hecho y del Derecho anteriormente expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de salarios pendientes y otros conceptos laborales interpuesta por el ciudadano CARLOS LUIS TORRES GUERRERO, titular de la cedula de identidad N.º V-7.044.186; representado judicialmente por la ciudadana Abg. ELIZABETH DELIGIANNIS, inscrita en el Instituto de Previsiòn Social del Abogado bajo el numero 54.044, contra la entidad de trabajo REPRESENTACIONES MARTINEZ GONZALEZ, representada legalmente por la ciudadana GEDALIA GONZALEZ ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº V-9.536.330; representada judicialmente por el apoderado judicial Abg. RUBEN MIGUEL PEDROZA ISA, inscrito en el Instituto de Precisión Social del A.....