Se deja constancia de la incomparecencia de las partes intervinientes en el presente juicio. Por lo que éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO EL PROCESO, de la demanda incoada por el ciudadano
CARLOS EDUARDO MORATINO REYES, titular de la cédula de identidad Nº 3.690.410, parte actora en el presente asunto, actuando en su propio Nombre y representación, inscrito en el IPSA bajo el N° 20.922, contra EL MUNICIPIO AUTÓNOMO FALCÓN DEL ESTADO COJEDES, de conformidad con lo establecido en el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Concluido el acto.