En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, incoado por los ciudadanos RUBEN PINO PALENCIA y JOEL VICENTE PINO PALENCIA, titulares de las cedulas de identidad Nº (s) V-10.991.067 y V-10.991.066, respectivamente, representado judicialmente por el Abogado JOSE DOLORES MELENDEZ PEREIRA, inscrito en el I.P.S.A bajo los número 101.464; contra la entidad de trabajo C.V.A. AZUCAR, S.A.