En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Contencioso Administrativo; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con el 588 del Código de Procedimiento Civil IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el ciudadano interpuesto por el ciudadano MARTIN JOSE SEQUERA MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.503.494 (parte solicitante); asistido por su Abogada de confianza Abg. JESSICA ANYELINA MATUTE IGLECIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 217.847; contra acto administrativo de efectos particulares contenida en la providencia administrativa P.A. Nº 0094-2016 de fecha 30 de mayo de.....