DECISIÓN
En merito de las anteriores observaciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, de la demanda incoada por el ciudadano DOOGLES RAMON REINA, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.899.041, contra JUAN CARLOS GOMEZ CARMONA titular de la cédula de Identidad Nº 11.545.064 propietario de la firma mercantil CONSTRUCTORA VERACRUZ y la CONSTRUCTORA EVIASCA C.A. representada por LUIGI D’ AMICO CESARONE, Titular de la cédula de Identidad Nº 10.989.168 denominados CONSORCIO EVIASCA - VERACRUZ, según documento autenticado por ante la Notaría Publica de San Carlos de fecha 02-02-2006 inserto bajo el numero 19, tomo 08 de los libros de autenticaciones.