En merito a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos: ANTONIO JOSÉ PIÑA, DESIDERIO MACHADO GUERRA, NELSON OSCAR MEJIAS BRAVO, JOSÉ DANIEL FLORES HIDALGO, EDUARDO ANTONIO HIDALGO, LUIS ALBERTO CASTILLO, GREGORIO RAMON MENDEZ CASTELLANOS, ANTONIO JOSÉ GUTIERREZ, RAFAEL CAMACHO PACHECO Y FELIPE CASTELLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Números, 12.364.273, 4.475.413, 16.993.564, 11.963.017, 9.537.185, 5.136.320, 16.477.266, 8.666.212, 7.538.876 y 15.173.738, contra COPAVIN, C. A., debiendo ésta cumplir lo aquí ordenado.