DECISIÓN
En orden a los razonamientos antes expuestos, y al haber quedado evidenciado la existencia de un grupo de empresas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos: ELISEO JOSE AGUILAR AULAR y AGUSTIN RAFAEL ANDRADE SOTO, titulares de la cedula de identidad numero V-8.671.330 y 4.097.823 respectivamente contra las empresas TRANSPORTE NASER C.A, CONSTRUCCIONES e INVERSIONES VESUBIO (CONINVECA) C.A. y COMERCIAL TINAQUILLO COTISA S.A.