En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, iniciado por la ciudadana YVELISSE MERCEDES GAVIDIA OCHOA, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.585.921; contra la entidad de trabajo EMPRESA SOCIALISTA PERDO CAMEJO.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Se advierte que el lapso de cinco días (05) de despacho conforme al artículo 161 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para ejercer recurso de apelación en contra de la presente decisión, comenzará a computarse a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, y en especial la de haberse notificado al Procurador General de la República siempre que haya transcurrido el lapso.....