En merito de las anteriores observaciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRESCRITA LA ACCIÓN, de la demanda incoada por la ciudadana: NANCY MARTÍNEZ; titular de la cédula de identidad Nº V-5.209.384, contra el CENTRO MEDICO QUIRURGICO LA MILAGROSA, C.A.