En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que incoase la ciudadana Bellyorys Aracelys Rojas Cardoza, titular de la cedula de identidad N.º V-19.260.087; contra la Cámara Municipal, Ahora Concejo Municipal Bolivariano Girardot del estado Cojedes; por motivo a su reclamación del Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios Laborales, y le ordena a pagar a la accionada la cantidad de CIENTO QUINCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 115.479,44). Y así se decide.
Hay condenatoria en costa de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo establecido en el artículo 157 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.