DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EL DERECHO A COBRAR LOS HONORARIOS POR PARTE DEL INTIMANTE, esto es, Abogado FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 4.097.232 contra DISTRIBUIDORA POLAR CENTRO OCCIDENTAL, S.A. (DIPOCOSA), por cobro de honorarios profesionales.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los dos (02) dìas del mes de marzo del año 2009 y publicada a las tres y veintidós minutos de la tarde ( 3:22 p.m.). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
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