En tal sentido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, una vez observado el cumplimiento total de todos los derechos laborales correspondientes al ciudadano, JAIME JOSE GUILLEN NIEBLES, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.287.364 da por terminada el presente juicio. Remítase la presente causa al archivo sede una vez transcurridos cinco días hábiles siguientes a éste. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.