Siendo así, lo anteriormente evidenciado, al igual que la diligencia de fecha 01 de marzo del presente año el cual corre al folio 78 de las actas, por medio de la cual se informa el pago del resto del convenio, vale decir, los CUARENTA MIL BOLIVARES restante (Bs. 40.000,00), aunado a la información aportada por la apoderada judicial de los accionante, que dicho pago se efectuó a cabal satisfacción, ratificando la solicitud de homologación, tal como se aprecia al folio 82 de las actas.
Ahora bien, revisadas las actuaciones y tal como se evidencia a los folios 67 y 79 documentos probatorios de la cancelación total de las prestaciones sociales de los accionantes, de acuerdo al convenio suscrito, dados como están los extremos de Ley para que se imparta la debida homologación en virtud de la conclusión del proceso, quien suscribe, a petición de parte, y con el carácter de Directora del Proceso, actuando de conformidad con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....