DECISIÓN:
En mérito de las razones antes expuesta es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos JOSE RAFAEL ALVARENGA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.769.177 y YERIS YOLANGEL ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.769.104.
En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los unía desde el día ocho (08) de Octubre de mil novecientos noventa y tres (1993), a partir de la publicación de la presente sentencia. SEGUNDO: En cuanto a los convenios suscritos entre las partes sobre: PATRIA POTESTAD, GUARDA, REGIMEN DE VISITAS y OBLIGACION ALIMENTARIA, de los niños XXXX, XXXXXXXXX, Y XXXXXXXXX, de once (1.....