En mérito de las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos ORLANDO RAFAEL GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.267.994 y ROSA EMILIA ACOSTA COLON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.368.567. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los unía desde el día dos (02) de agosto de mil novecientos ochenta y nueve (1989) por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Falcón, Estado Cojedes, a partir de la publicación de la presente sentencia. SEGUNDO: Se HOMOLOGAN los convenios suscritos entre las partes sobre: Patria Potestad, Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentaría, relativos a los adole.....