es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta por la abogada NANCY SARAY BECERRA RIVERA, en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a solicitud del ciudadano YONATHAN ANTONIO CASTILLO SANTELIZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-12.210.458. En consecuencia se ordena: RECTIFIQUESE EL ACTA DE NACIMIENTO correspondiente al año dos mil uno (2001), que corre inserta bajo el numero 2490, tomo V, en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por el Registro Civil del Municipio Valencia del Estado Carabobo, específicamente en las partes que rezan a continuación: Primero: "....SEXTO...." siendo lo correcto "...SIXTO...", en lo que s.....