En merito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de La Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: el Divorcio, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ROSA MERCEDES RUMBOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.985.886 y CLEMENTE SERAPIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.265.050
SEGUNDO: Respecto a los acuerdos de las partes en cuanto a la GUARDA Y CUSTODIA, REGIMEN DE VISITAS Y OBLIGACION ALIMENTARIA de los hermanos XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de tres (03) y seis (06) años de edad respectivamente, por cuanto esta Juzgadora considera que los mismos, no son contrarios a derecho; versan sobre derechos disponibles y no lesionan derechos o intereses legítimos de los mismos, sino, por el contrario .....