Por los razonamientos indicados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente acción de amparo intentada por los ciudadanos CARLOS ELIAS ORTIZ y LUZ MARITZA GIRALDO HERNANDEZ, actuando en favor del niño XXXXXXXX, en contra de la ciudadana ANA TERESA FARFAN, en su carácter de Registradora Civil del Municipio Autónomo San Carlos Estado Cojedes y EL CONSEJO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SAN CARLOS DEL ESTADO COJEDES, conforme al artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.