este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los fines de evitar que la relación se vuelva más conflictiva entre la adolescente y su Familia Sustituta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 128 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), Medida de Protección de Colocación en Entidad de Atención para la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, designando a la Casa Taller de Hembras "San Carlos de Austria" del Instituto Nacional del Menor Seccional Cojedes. SEGUNDO: Se establece un Régimen de Visitas para que la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, comparta con sus hermanos y su familia sustituta, desde el día Viernes a las 5.00 de la tarde, hasta el día domingo a la misma hora, comprometiéndose la ciudadana JENNY RAMONA OJEDA LLOVERA en buscarla y entregarla en la Institución. TE.....