Se declara Extinguido el Proceso Ex officio (de oficio) en virtud de haberse configurado la Pérdida de Interés en el proceso que por Reconocimiento de Contenido y Firma intentó el ciudadano Rony Manuel Mujica Ramírez, asistido por la abogada Rosa Peraza, contra la ciudadana Kilma René Morales González, todos plenamente identificados en actas y en consecuencia, se declara Terminado el proceso y se ordena su archivo. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas en virtud de no haberse trabado la litis y no resultar totalmente vencida alguna de las partes, por interpretación en contrario del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-