DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, constituido en forma MIXTA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos Identificación que se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo 2º de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, al primero de los nombrados y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, al segundo de los nombrados, previstos y sancionados en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 272 concatenado con el articulo 277 del Código Penal Venezolano, decretándos.....