Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Unipersonal del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SANCIONA al adolescente: IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65, PARAGRAFO 2do DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, penalmente responsable del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, anteriormente previsto en el artículo 34 concordado con el 78 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en la actualidad previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, en la Causa Nº 1U-214-11, con la Medida de: REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de SEIS (06) MESES, siendo las reglas de conducta: 1.- Incorporarse a la practica de cualquier taller que ha bie.....