este Juzgado Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA Redimir de la pena que le falta por cumplir al ciudadano FERNANDO ZAPATA GALLEGOS, el tiempo de UN (01) MES Y ONCE (11) DÍAS, que sumados al tiempo efectivo da un total de SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS; quedándole así por cumplir la pena de SEIS (06) MESES Y TRES (03) DÍAS, la cual culminará en fecha DOS (02) DE ENERO DE 2009.
Notifíquese a las partes, conforme a lo previsto en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense las boletas correspondientes.