Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el Cómputo de la Pena impuesta a la sentenciada supra identificada.
Debe computarse a favor de la sentenciada el tiempo transcurrido desde el momento de su aprehensión. Al efecto, de la revisión exhaustiva de las actuaciones que conforman la presente causa, se observa que la ciudadana ANGI GIESELL ESCALONA MUÑOZ, fue detenida el día 07/04/2007, manteniéndose ésta hasta la presente fecha (16/07/2008), por lo cual lleva privada de su libertad UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y NUEVE (09) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTIÚN (21) DÍAS, la cual culminará el día SEIS (06) DE NOVIEMBRE DE 2012.
Dicha sentenciado podrá optar, previo cumplimiento de los requisitos, a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de la Pena, consistent.....