Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el Cómputo de la Pena impuesta a la penada supra identificada.
Debe computarse a favor de la penada el tiempo transcurrido desde el momento de su aprehensión. Al efecto, de la revisión exhaustiva de las actuaciones que conforman la presente causa, se observa que la ciudadana ELEIDY MARGARITA DELGADO PINTO, fue privada de su libertad el día 20/11/2004, manteniéndose ésta hasta el día 22/11/2004, por lo cual estuvo privado de su libertad DOS (02) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, la cual culminará el día OCHO (08) DE ABRIL DE 2010.
Dicha penada puede optar de manera inmediata, previo cumplimiento de los requisitos, a la suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, todo de conformidad con lo previsto e.....