IV
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que este Juzgado Segundo en funciones de Juicio, constituido en Tribunal Mixto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, con base a lo establecido en los artículos 173, 364 y, 366 del Código Orgánico Procesal Penal, y en las supra referidas Sentencias de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, y también, en las demás disposiciones Constitucionales y Legales igualmente supra referidas, mediante VOTACIÓN DIVIDIDA AL JUEZ PRESIDENTE SALVAR SU VOTO, ABSUELVE, al ciudadano, WALTER MIGUEL GÁMEZ SUÁREZ, ya identificado, por cuanto no se estableció su verdadera participación criminal y por tanto su culpabilidad en los presuntos hechos punibles cuya autoría le atribuyó la Representación fiscal. En consecuencia y, con fundamento en el artículo 366 ejusdem se le restituyó su plena libertad. No hay Condenatoria en Costas, por ser en la República Bolivar.....