IV
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que este Juzgado Segundo en funciones de Juicio, constituido en Tribunal Mixto, por UNANIMIDAD, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, con base en lo establecido en los artículos 173, 364 y, 366 del Código Orgánico Procesal Penal, y en las demás disposiciones Constitucionales y Legales supra referidas, CONDENA, al ciudadano, CARLOS MANUEL APONTE JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.630.282, residenciado en Los Samanes Uno, Callejón Fernando Figueredo, Casa S/N°, en San Carlos, Estado Cojedes; ha sufrir la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN en establecimiento penitenciario que al efecto designe la ciudadana Juez de Ejecución de este Circuito Judicial Penal; por haber sido hallado, más allá de cualquier Duda Razonable, por este Tribunal Mixto, autor, responsable penalmente, en consecuencia, CULPABLE, a Título de Dolo Directo, en .....