PRIMERO: SE ABSUELVE al ciudadano TOMAS ANTONIO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.043.689, de 61 años de edad, residenciado en Urbanización Corozal, vereda 13, calle 06, Tinaco estado Cojedes, asistido por la Defensora Pública ABG ANA ROMERO, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde figura como victima MARIA JOSEFINA PACHECO LOVERA. SEGUNDO: Se ordena el cese de la medida cautelar de presentación periódica de una vez al mes impuesta al ciudadano TOMAS ANTONIO CASTRO en fecha 07-04-2008 por el Juez Tercero de Control de Control de este Circuito Judicial Penal y en consecuencia se ordena su libertad plena. TERCERO: Contra la presente sentencia procede recurso de apelación por ante la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal Así se decide. Publíquese y Diarícese, en.....