PRIMERO: Se condena al ciudadano HERIBERTO ALCIDES VALOR RIVAS, venezolano, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.875.162, nacido en fecha 31-01-1967, natural de Santa Bárbara Estado Barinas, residenciado en la Urbanización Luis Arias Andrade, Calle Principal, manzana M-1, casa 4, San Carlos estado Cojedes, asistido por el Defensor Privado ABG. JOSE ANTONIO ROMERO, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES CALIFICADAS y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en, el articulo 415, en concordancia con el articulo 418 del Código Penal y en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia en concordancia con la agravante establecida en el articulo 65, numeral 3° ejusdem, respectivamente, en perjuicio del ciudadano OSWALDO ANTONIO GRATEROL y YERLY ESTERBINA AURE respectivamente, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, UN (01) MES Y UN (01) DÍA DE PRISIÓN, más las accesorias de ley contemplada.....