Este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora y recurrente, en contra de Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva emanada del el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 07 de marzo del año 2018, en el cual se declaró la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, en la demanda por concepto de PAGO UNICO POR ACCIDENTE DE TRABAJO, DAÑO MORAL, DAÑO MATERIAL, GASTOS MEDICOS, DAÑOS Y PERJUICIOS. En consecuencia se ratifica íntegramente el fallo recurrido.