Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: declara PARCIALMENTE CON LUGAR, recurso de apelación ejercido por la parte demandante y recurrente en contra de sentencia definitiva de fecha 15 de julio de 2014, en Juicio por cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana MARIA VICTORIA VARGAS SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número 9.538.576 contra la SOCIEDAD MERCANTIL HOTEL MARTINO, representado por el ciudadano JUAN MARTINO MARCUCCI, titular de la cédula de identidad Nº 3.691.615 y los sucesores de la SUCESIÓN MARTINO SUPINO MICHELE, y se ordena el pago de la cantidad SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 66.175,34). Así se decide.
No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Remítase .....