Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el apoderado judicial de la parte actora y recurrente; mediante la cual APELA de la Sentencia Definitiva proferida por Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de fecha 07 de diciembre de 2015, de esta Circunscripción Judicial que declaró SIN LUGAR LA DEMANDA incoada en contra de Entidad de Trabajo CIUDAD YEIBER Y SEBASTIAN, C.A.. Por lo que se revoca el fallo recurrido. PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, con relación al ciudadano RICHARD ARGENIS MIRELES VILLALONGA y SIN LUGAR LA DEMANDA en cuanto a los ciudadanos JESUS ANTONIO REYES CAMACHO, JOHAN JOSÉ ORTIZ MATERAN y VICTOR FERNANDO COLAIANNI GARCIA Así se decide.
No hay condenatoria en costas en el presente recurs.....