Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el Recurso de Apelación, formulado por la parte actora y recurrente abogado EDDIEZ JOSE SEVILLA, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.023, apoderado judicial de la parte actora y PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada en contra de DISTRIBUCION Y TRANSPORTE DE COMBUSTIBLE COJEDES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, (DISTRACO S.R.L), TRANSPORTE ALGON, S.R.L e INVERSIONES LA MATA S.R.L. En consecuencia se Revoca el fallo recurrido.
Se condenándose a las demandadas a pagar al ciudadano FREDDY RAMÓN OROPEZA AGUERO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.740.030, los siguientes conceptos:
Antigüedad: Bs. 11.599,67
Vacaciones y bono vac.....