Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la Apelación, formulada Abog. Abog. Francisco Ignacio Rodríguez Bolívar, el cual esta inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.969, Segundo: SIN LUGAR la perención de la instancia, decretada por el tribunal a quo, por lo que se revoca totalmente la sentencia recurrida y Tercero: Se repone la causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia de Juicio, dicte sentencia de fondo en la presente causa.
Hay condenatoria en Costa, en virtud de haber vencimiento total.
Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.