Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR El RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la actora, en contra de decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 15 de mayo del año 2011, que declaro el Desistimiento de la demanda por motivo de Cobro De Prestaciones Sociales incoada en contra del MUNICIPIO AUTÒNOMO FALCÒN DEL ESTADO COJEDES. En consecuencia se revoca el acta recurrida. Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio de pago suscrito por las partes.
No hay condenatoria en Cost.....