DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte demandante y recurrente en contra de la decisión de fecha 18 de septiembre del año 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Por lo que se modifica el fallo recurrido y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por loa ciudadanos MARIA CAROLINA PEREZ PINTO y JUAN PEDRO RIOS GUEVARA y SIN LUGAR la demanda incoada por loa ciudadanos: JOSÉ RAMÓN ORTEGA MENDOZA y JESUS ALFREDO ROMERO JASPE . No se condenatoria en costas a la parte recurrente, dada la naturaleza del fallo. Así se decide.
No hay condenatoria en Costas.
Se ordena la.....