Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada en contra la decisión dictada en fecha 12 de junio de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia se revoca el fallo recurrido.
SEGUNDO: Prescrita la acción intentada por el abogado abogados ELIO LUIS MENDEZ AULAR, por intimación de honorarios en contra del ciudadano JUAN RAFAEL MAYA TORCATE.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.