DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuadragésimo Tercero (43) Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR El RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por MARÍA EUGENIA AGUILERA ESCORCHA, por lo que se revoca el acta recurrida. Se ordena reponer la causa al estado en que se fije nueva oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar.
No hay condenatoria en Costas.