DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de
la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara improcedente la
demanda de desalojo de Local Comercial, intentada por los apoderados Alex RafaelQuintero Henríquez y María Diorbita Farfán, del ciudadano Sebastián Manuel Jiménez
Linares en su condición de arrendador en contra de la Panadería, Pastelería, Bolívar
Pan C.A. en su condición de arrendataria. SEGUNDO: se anula la sentencia de fecha
22 de septiembre del 2022, dictada por el Tribunal Segundo de Primera instancia Civil,
Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, de conformidad a lo
previsto en el artículo 244 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: No hay
condenatoria en costa en atención a la naturaleza del caso. CUARTO: Se acuerda
notificar a las partes y/o sus apoderados judiciales, al correo.....