-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, debe forzosamente declarar INADMISIBLE de manera sobrevenida el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, por cuanto se configuró los supuestos previstos en los numerales 1, 3, 5 y 6 del artículo 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, seguido por la Ciudadana Abogada DAISY GARCIA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.561.905, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.957, en su condición de Co-Apoderada Judicial del Ciudadano JUAN PABLO GUTIÉRREZ LOZANO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.557.877, con domicilio procesal en la Finca La Niña, Jurisdicción del Municipio Autónomo Girardot, Parroquia El Baúl, Sector Jabillar del estado Cojedes, según se evidencia en inst.....