En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Se ordena la aplicación del Procedimiento especial de conformidad al articulo 94 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. SEGUNDO: Se Decreta en contra del ciudadano OLIVARES BERMUDEZ NOEL EDUARDO, venezolano, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad N° V-17.055.545, fecha de nacimiento 28-04-83, edad 24 años, ocupación: Taxista; Grado de Instrucción: 3er año; soltero, residenciado Av. Orinoco frente al ancianato al lado de la venta de gas, nombres de los padres OLIVARES PEDRO NOEL (V) Y BERMUDEZ LIRA ELIZABETH (V), por la presunta comisión del delitos VIOLENCIA FISICA, contemplado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres .....