DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y de derecho arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano LAFONTE RAMOS FRANKLIN ALBERTO, titular de la cédula de identidad N° 13.316.007, arriba identificado, al estar cubiertos en su contra las exigencias de los artículos 250, 251 numeral 2° y 252 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión de uno de los delitos precalificados por el Ministerio Público como HURTO CALIFICADO Y TENTATIVA DE HURTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 453, numeral 4to del Código Penal venezolano en relación con el 4 de Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, cometido en agravio de Luis Emilio Figuera, en el Reten P.....