Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Estado Delta Amacuro, nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud interpuesta, la extinción de la acción penal y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO de la Causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 108 ordinal 6° del Código Penal en relación con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal a favor de ENRIGUE VALENTIN FIGUERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular den la cédula de identidad N° 14.506.521, residenciado en barrancas, Estado Monagas, calle nueva, N° 21, frente al muro, teléfono 7511180, LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1° del Código Penal vigente para el momento de ocurrencia de los hechos en perjuicio de víctimas Leonela Quijada, Evelin Rodríguez, Honoria Quiñónez, Angélica Gascón, Damelis Rodríguez. Se declara el cese.....