DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la defensa y acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículos 250 en sus tres numerales, artículo 251 ordinales 2° y 3° y parágrafo primero y 252 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano FELIPE GUSTAVO PEREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de profesión militar con el grado de Oficial Sub-Teniente de las Fuerzas Armadas Nacionales (GN), titular de la cedula de identidad N° 14.730.834, adscrito al Comando de Vigilancia Costera de la Guardia Nacional ubicada en Nueva Esparta, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito Cooperador en el delito de Trafico Ilícito Agravado de Sustancias E.....