PRIMERO: Acuerda la Medida de protección a la ciudadana IGLOR CAROLINA ROMERO LATINEZ Y SU GRUPO FAMILIAR, quien es de nacionalidad venezolana, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.744.893, de estado civil soltera, TELÉFONO 0414-0916798, de oficio docente, domiciliada en el Barrio Delta Ven, Sector III, Calle la Milagrosa, casa S/N, detrás de la Iglesia Evangélica Luz del Mundo, Tucupita, Estado Delta Amacuro, hija de Teofila Latinez y Jesús Romero. SEGUNDO: Por cuanto el resguardo y protección a las personas les corresponde a los órganos de seguridad, se acuerda oficiar a la Comandancia General de Policía de Tucupita a los fines de que le brinde la protección necesaria a la víctima anteriormente identificada y su grupo familiar más cercano, organismo éste que deberá realizar recorridos permanentes en dicha residencia, debiendo acatar la presente orden de conformidad con el artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a la F.....