PRIMERO: Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, para determinar las responsabilidades a que haya lugar, ordenando remitir las actuaciones al Ministerio Público. SEGUNDO: Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad del imputado en autos MARCANO ACEVEDO ALEXANDER, venezolano, titular de la cedula de identidad 12.132.153, fecha de nacimiento 31/07/72, 35 años de edad, soltero, lugar de nacimiento: Campo Claro, Estado Sucre, grado de instrucción. 3er año, comerciante, El triunfito calle la esperanza, casa S/N, cerca de la iglesia, la casa es de color amarillo, de padres REBECA DEL CARMEN ACEVEDO (V) y ALEXIS MARCANO por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en articulo 31, segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupef.....