Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Estatal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida al ciudadano DIAZ ALBINSON ALBERTO, natural de Tucupita, de 25 años de edad, nacido en fecha 11-08-1980, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad 15.336.748, residenciado en Hacienda del Medio, vereda 36, casa Nº 11, Tucupita Estado delta Amacuro, en relación a los hechos de fecha 22 de Agosto del año 2005, hechos que dieran inicio a la investigación, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, Previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 4º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana GLEIDYS JOSEFINA RODRIGUEZ MATA, de conformidad con lo previsto .....